A 61 días de presidio condenan a encubridora de incendio en fundo Pisu Pisué

El fiscal Sergio Fuentes valoró que el tribunal diera por acreditado que las especies encontradas en la casa de la acusada Millaray Huichalaf fueron las utilizadas por los autores del delito y que, además, estableciera que ella estaba en pleno conocimiento de este hecho.

 

 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia comunicó esta mañana su decisión de condenar a una pena de 61 días de presidio remitido a la acusada Millaray Virginia Huichalaf Pradines, de 25 años, como encubridora del incendio que en enero del año pasado destruyó la casa de los cuidadores del fundo Pisu Pisué.

El fiscal Sergio Fuentes destacó que el tribunal acogiera los argumentos presentados durante el juicio por el Ministerio Público y diera por acreditada la participación de la acusada en el encubrimiento del delito.

Al respecto, señaló que “esto nos genera plena satisfacción desde el punto de vista probatorio, en el sentido de que siempre sostuvimos que las especies encontradas en el allanamiento en la casa de la acusada eran aquellas que, según las versión de las víctimas, fueron utilizadas por los sujetos que cometieron este hecho”.

Añadió que “el tribunal hizo una observación bastante determinante en cuanto a que esas especies no sólo corresponden a las utilizadas por los autores, sino que además doña Millaray Huichalaf estaba en conocimiento no sólo del incendio sino también del origen de las especies, y en ese contexto aparece como irreversible su participación concreta en el hecho, como lo ha resuelto el tribunal”.

Las especies incautadas en la casa de la acusada fueron, entre otras, pistolas a fogueo, radios portátiles, capuchas y pasamontañas, ropa mimetizada tipo militar y acelerante de combustión en grandes cantidades.

Respecto de la pena impuesta a la acusada, el fiscal Sergio Fuentes explicó que “estaba dentro de lo esperado conforme a lo anunciado la semana pasada en el veredicto. Era esperable que el tribunal la condenara en el tramo que lo hizo, dado que la acusada no tenía antecedentes penales”.

Agregó que “además se debe considerar la ponderación que hizo el tribunal de rebajar la pena en un grado adicional, que por la referencia que hizo la señora magistrada Cecilia Samur en la lectura resumida de la sentencia al Convenio 169 de la OIT sobre los pueblos indígenas, asumo que se hizo una consideración especial por esa circunstancia, respecto de lo cual no tenemos mucho que observar porque es una facultad del tribunal”.

Finalmente, el fiscal Fuentes indicó que estudiará la sentencia para decidir si la Fiscalía interpone un recurso para anular el juicio oral. “Una vez que conozcamos el contenido íntegro de la sentencia y sus motivaciones, la estudiaremos para definir si se da alguna causal de nulidad y si se toma la determinación de interponer un recurso de nulidad”, afirmó.

 

 

 

 

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