El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó ayer –lunes 9 de mayo– a Francisco Nicolás Uribe Muñoz a 818 días de presidio efectivo y suspensión de licencia de conducir por dos años, en calidad de autor del cuasidelito de homicidio de Jessica del Carmen Venegas Leiva, ilícito perpetrado, el 12 abril de 2015, a la altura del kilómetro 16 de la ruta T-350 que lleva a Niebla.
En fallo unánime (causa rol 12-2016), el tribunal –integrado por los magistrados Ricardo Aravena (presidente), Germán Olmedo y Cecilia Samur (redactora)– condenó, además, a Uribe Muñoz a la pena efectiva de 4 de años como autor del delito de no detenerse, prestar ayuda, ni dar aviso a la autoridad; al pago de una multa de 15 unidades tributarias mensuales; a la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica; al pago de las costas del procedimiento y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilidad absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
El tribunal estimó que “no resulta razonable que (el imputado) no se haya enterado a quién había atropellado; ni que no se hubiera percatado de la peatón que se desplazaba por la berma, al menos debió representárselo en atención a las daños que presentaba el móvil; no detuvo la marcha del vehículo para prestar auxilio a la víctima o dar cuenta a la autoridad policial más cercana; sus dichos fueron desvirtuados con la prueba de cargo”.
“Se desprende de su versión -carente de sustento fáctico- que intenta exculparse o atenuar su responsabilidad en los hechos, sin embargo, quedó del todo establecido la existencia de los hechos, careciendo su relato de plausibilidad, sin contar con datos fidedignos que lo respalden, no articulando una teoría plausible que permita desvincularlo como el único y principal partícipe de los sucesos delictuales, permitiendo al Tribunal arribar a la plena convicción que la causa del atropello que costó la vida a Jessica Venegas Leiva, ha sido producto de su conducta negligente, al conducir sin licencia, no estar atento a las condiciones del tránsito, sin desplazarse exclusivamente por su calzada, invadiendo la berma por donde se caminaba la víctima, evidenciando una conducción temeraria e imprudente, que en definitiva causó la muerte de una mujer que regresaba de su trabajo…” concluye la resolución.