La Corte Suprema de Chile ha acogido un recurso de amparo y ordenado la liberación inmediata de Francisco Facundo Jones Huala, quien había sido condenado por delitos de incendio y porte ilegal de arma de fuego en la Región de Los Ríos.
En un fallo emitido por la Segunda Sala del máximo tribunal (rol 28.341-2024), se determinó que el tiempo que Jones Huala estuvo detenido en Argentina durante el proceso de extradición debe contabilizarse como parte del cumplimiento de su condena en Chile. Según esta decisión, el condenado habría cumplido la totalidad de su pena en junio de 2024.
La sentencia se fundamenta en el Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del MERCOSUR (Mercado Común del Sur), Bolivia y Chile, suscrito en Río de Janeiro y promulgado por Chile en 2012. Este tratado establece las condiciones para la extradición entre los países firmantes.
Los ministros de la Corte Suprema argumentaron que, al momento de solicitar la extradición, el tiempo restante de condena debe estar claramente definido. En el caso de Jones Huala, se determinó que el saldo de condena a cumplir era de 1 año, 4 meses y 17 días.
Sin embargo, al descontar el tiempo que permaneció privado de libertad en Argentina durante el trámite de extradición (11 meses y 5 días), el saldo restante se redujo a 5 meses y 12 días. Considerando que Jones Huala reingresó a cumplir su condena el 4 de enero de 2024, la Corte Suprema concluyó que la pena se cumplió el 14 de junio de 2024.
La decisión del tribunal subraya la importancia de respetar los acuerdos internacionales y aplicar el principio de auxilio mutuo entre naciones para mantener el orden jurídico, asegurando al mismo tiempo que se respeten los derechos del extraditado.
Este fallo revoca una sentencia anterior de la Corte de Apelaciones de Temuco y ordena la libertad inmediata de Francisco Facundo Jones Huala, al considerar cumplida la totalidad de su condena.
Ver fallo Corte Suprema: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/51723