La primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, dictó – ayer, miércoles 19 de agosto– veredicto condenatorio en la investigación por cuasidelito de homicidio, a Walter Hernán Zúñiga González y a Rodrigo Hallem Calfulef Ávila, ambos conductores que la madrugada del 14 de julio de 2013 protagonizaron un accidente automovilístico, que terminó con la vida de tres personas y dejó a una cuarta con lesiones de carácter grave.
En veredicto unánime (causa rit 108 – 2015), el tribunal –presidido por la magistrada Gloria Sepúlveda Molina, e integrado por la jueza Alicia Faúndez Valenzuela y el juez suplente Guillermo Olate Aranguiz- dio por acreditado que:
“El día 14 de julio de 2013, a eso de las 04:40 horas aproximadamente Walter Hernán Zúñiga González conducía por calle Picarte el taxi colectivo marca Chevrolet, modelo Chevy, color negro, placa patente única YC-17.89 con cuatro pasajeros en su interior y al efectuar el viraje a la izquierda, hacia calle Simpson sin respetar la señalética del semáforo fue impactado en su costado derecho por el vehículo marca Jac, modelo A137, placa patente única DF.FT-38 conducido por Rodrigo Hallem Calfulef Ávila que transitaba a una velocidad no menor a los 100 kilómetros por hora y sin sus luces frontales encendidas por Avinida Ramón Picarte en dirección al centro de la ciudad”.
“Producto del impacto resultaron fallecidos los pasajeros del taxi colectivo Carolina Abigail Monsalve Duarte, Héctor Rodrigo Tapia Cisternas y Vania Giselle Urrutia González y con lesiones de carácter grave la pasajera del mismo vehículo Teolinda Inés Sotomayor Arauco y el conductor de este vehículo Walter Hernán Zúñiga González y con lesiones leves el conductor del vehículo particular Rodrigo Hallem Calfulef Ávila” señala el veredicto.
Tras establecer los hechos, el tribunal determinó “Que la participación del acusado Walter Hernán Zúñiga González, fue estimada por el Tribunal en calidad de autor del cuasidelito de homicidio descrito precedentemente y del cuasidelito de lesiones graves en contra de doña Teolinda Inés Sotomayor Arauco, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, participación que resultó establecida con el mérito de la misma prueba antes referida y en particular con la prueba pericial aportada al juicio que indicó que éste hizo el viraje sin esperar la flecha verde del semáforo contribuyendo al fatal desenlace, antecedentes que analizados en forma sistemática con el resto de las probanzas, unido a los propios dichos del acusado, generan convicción más allá de toda duda razonable que a Zúñiga González le correspondió una intervención inmediata y directa en la ejecución de dicho delito”.
Además “ Que en cuanto a la participación del acusado Rodrigo Hallem Calfulef Ávila, también fue estimada por el Tribunal en calidad de autor del cuasidelito de homicidio descrito precedentemente y como ha solicito el acusador particular, además autor respecto del cuasidelito de lesiones graves en contra de don Walter Hernán Zúñiga González, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, participación que resultó establecida con el mérito del cúmulo de antecedentes probatorios incorporados al juicio y en particular con la prueba testimonial de Claudio Andrés Madrid Riquelme quien refirió haber visto segundos antes del impacto al acusado Calfulef Ávila conducir a exceso de velocidad y sin sus luces delanteras encendidas lo que resultó reafirmado por el perito Claudio Romero Zúñiga y el video aportado de la cámara de seguridad del servicentro Copec, ubicado en la intersección de Avenida Ramón Picarte y calle Simpson”.
La lectura de sentencia se realizará el próximo lunes 24 de agosto, a las 15:00 horas en dependencias del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.